sábado, 19 de diciembre de 2020

Semáforo rojo en CDMX y Edomex: estas actividades SÍ están permitidas

 

La Ciudad de México y el Edomex estarán en semáforo rojo por COVID-19 al menos hasta el 10 de enero, por lo que las autoridades determinaron restricciones en actividades económicas y sociales.

sábado 19 diciembre 2020 11:59 PM

Para el funcionamiento durante la Ciudad de México se consideran como actividades esenciales y por lo tanto están permitidas, cumpliendo con las medidas:

  • Actividades laborales de la rama médica, paramédica, administrativa y de apoyo en todo el Sistema de Salud de la Ciudad de México.
  • Sector farmacéutico.
  • Limpieza y sanitización de las unidades médicas en los diferentes niveles de atención.
  • Abasto, servicios y cadenas de proveeduría de todas las actividades esenciales.
  • Elaboración y venta de pan.
  • Tortillerías.
  • Abarrotes, misceláneas y recauderías.
  • Pequeños negocios de barrio de máximo 3 trabajadores.
  • Veterinarias y venta de alimento para animales.
  • Lavanderías.
  • Tintorerías.
  • Jarcierías.
  • Servicios de mudanza.
  • Servicios de mantenimiento.
  • Manufactura de insumos, equipamiento médico y tecnologías para la atención de la salud.
  • Disposición de residuos peligrosos biológicos-infecciosos (RPBI).
  • Servicios financieros (bancos, debiendo garantizar un flujo continuo de clientes y sana distancia entre ellos).
  • Servicios notariales.
  • Sector energético.
  • Generación y distribución de agua potable.
  • Industria de alimentos y bebidas.
  • Mercados.
  • Supermercados.
  • Tiendas de autoservicio.
  • Servicios de transporte de pasajeros y de carga sus servicios y cadenas de proveeduría.
  • Producción agrícola, pesquera y pecuaria.
  • Agroindustria.
  • Industria química.
  • Servicios de mensajería y comercio electrónico.
  • Servicio postal.
  • Seguridad privada.
  • Asilos y estancias para personas mayores.
  • Refugios y centros de atención a mujeres víctimas de violencia, sus hijas e hijos.
  • Telecomunicaciones y medios de información.
  • Servicios de emergencia.
  • Verificentros.
  • Servicios funerarios y de inhumación.
  • Servicios de almacenamiento y cadena de frío de insumos esenciales.
  • Talleres mecánicos.
  • Refaccionarias.
  • Manejo de residuos sólidos.
  • Industria de la construcción.
  • Minería.
  • Industria manufacturera.
  • Venta de alimentos preparados únicamente en la modalidad de servicio para llevar o entrega a domicilio.
  • Hoteles con un aforo máximo de 30% y únicamente con servicio de hospedaje.
  • Programas, trámites y servicios públicos necesarios para la operación de la Ciudad de México.

Semáforo rojo en CDMX y Edomex: estas actividades SÍ están permitidas (expansion.mx)


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