UN RÉQUIEM para el Régimen de Incorporación Fiscal (RIF)
que dejará de existir este 31 de diciembre de 2023. Diez años fue su duración
beneficiando a los pequeños contribuyentes que no rebasaban el tope de venta
anual de 300 mil pesos, exentando con ello el pago del Impuesto Especial Sobre
Productos y Servicios (IEPS) del Impuesto al Valor Agregado (IVA).
Ahora a partir del 1 de enero del 2024 los RIF se convertirán en Personas
Físicas con Actividades Empresariales con la opción de cambiarse al Régimen
Simplificado de Confianza (RESICO), teniendo la obligación de presentar
sus declaraciones cada mes (en vez de cada dos) y de presentar su declaración
anual, además de cumplir con la activación de su Buzón Tributario y su Firma
Electrónica. En las reuniones ordinarias del Movimiento Nacional del
Contribuyente Social 17 de Marzo AC (MONACOSO) continuaremos dando
información al respecto. AVL…
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