El nuevo dictamen establece una definición sobre lo que son mascotas domésticas, así como la prohibición de su venta en mercados y tianguis.
El dictamen para modificar la Ley
General de Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente fue avalado por la
Cámara de Diputados con 271 votos. Dicha ley prohíbe la comercialización de
animales de compañía o mascotas en la vía pública, mercados, tianguis, puestos
semifijos, permanentes, temporales o ambulantes.
La
modificación se centra únicamente en el Artículo 87 Bis 2, el cual precisa que
se entenderá por animal de compañía o mascota el ejemplar de cualquier especie
de fauna que, por su comportamiento o conducta natural, pueda convivir con el
hombre en un ambiente doméstico, por lo que esta definición excluye a las
especies exóticas.
El
objetivo de las modificaciones a la Ley de Protección a los Animales es frenar
la proliferación de perros y gatos callejeros que pueden llegar a convertirse
en un problema de salud pública por la contaminación que producen las toneladas
de heces fecales y de orina
De
acuerdo con datos de la Facultad de Veterinaria de la UNAM, el animal que tiene
mayor presencia en las casas es el perro con 87 por ciento, seguido de los
gatos con 23 por ciento; se tiene conocimiento que en 2015 en México había más
de 23 millones de perros y gatos, de los cuales 30 por ciento son de hogar y el
restante estaba en situación de calle.
https://www.pacozea.com/diputados-modifican-ley-que-prohibe-la-venta-de-mascotas-en-vias-publicas
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